El programa Kit Digital para pymes y autónomos abre su cuarta convocatoria y se amplía a más sectores productivos como las comunidades de bienes, entre otros.
En la reciente actualización de las bases reguladoras se concreta que la cuarta convocatoria está destinada a las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales, las comunidades de bienes y explotaciones agrarias de titularidad compartida con actividad económica ya pueden ser beneficiarias de Kit Digital.
En todo momento hay que tener en cuenta que serán beneficiarias según el segmento al que pertenecen dependiendo del número de empleados, de hasta 50 empleados, y siempre y cuando su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
Si tienes más dudas sobre los requisitos de Kit Digital, puedes contactar con nosotros y te las resolveremos.
Comunidad de bienes en el programa Kit Digital
La comunidad de bienes se constituye cuando varias personas quieren unir sus recursos para emprender un negocio juntos o administrar una propiedad en común.
En esta asociación todas las personas comparten la propiedad de un bien o derecho, pero no son entidades separadas legalmente, es decir, no tienen una personalidad jurídica propia.
La Comunidad de Bienes es una forma simple de colaboración entre autónomos, ya que no necesitan un capital mínimo para empezar. Sin embargo, para crearla, es necesario que al menos dos personas se unan y trabajen en conjunto en una actividad empresarial compartida.
Estas comunidades están reguladas por leyes comerciales y civiles, específicamente, por el Código de Comercio para aspectos comerciales y el Código Civil para derechos y responsabilidades. De esta manera, se establecen las reglas para que todos los miembros participen de manera justa y cumplan con sus compromisos dentro de la comunidad
¿Qué se considera sociedad civil para poder emplear el bono digital?
Una sociedad civil es una forma de asociación en la que dos o más personas se unen mediante un contrato para aportar capital en común, ya sea dinero, bienes o trabajo, con el objetivo de repartirse las ganancias obtenidas.
Cuando una sociedad civil realiza actividades económicas, se considera del tipo mercantil y debe tributar el impuesto de sociedades.
Por otro lado, si es una sociedad civil profesional, lleva a cabo actividades con ánimo de lucro que requieren una titulación universitaria oficial o una titulación profesional junto con la inscripción en el correspondiente Colegio Profesional. Esta regulación se establece en la Ley 2/2007 de sociedades profesionales.
En resumen, una sociedad civil es una unión contractual en la que los miembros aportan recursos y comparten las ganancias, mientras que la sociedad civil profesional se dedica a actividades con fines lucrativos y cumple con requisitos específicos de titulación y colegiación.
¿Qué características tiene una explotación agraria en la cuarta convocatoria?
La explotación agraria de titularidad compartida es una opción que eligen de forma voluntaria matrimonios, parejas de hecho o personas con una relación similar. Su objetivo es gestionar juntos una explotación agraria, tal como indica su nombre. En este tipo de explotación, los cotitulares comparten tanto el trabajo en la agricultura como la toma de decisiones, los derechos de propiedad, las cuotas y las subvenciones.
Se trata de una asociación en la que los participantes colaboran estrechamente para administrar y trabajar en la explotación agraria de forma conjunta. Esta figura permite una distribución equitativa de las responsabilidades y beneficios entre los titulares, lo que fomenta una gestión más efectiva y un desarrollo sostenible en el ámbito agrícola.
¿Qué novedades trae la cuarta convocatoria de Kit Digital?
- El apartado de beneficiarios de las bases reguladoras de las ayudas Kit Digital quedan actualizado de la manera siguiente: “Las comunidades de bienes, las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica, siempre que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español”
- A partir del próximo 12 de septiembre se abre la convocatoria para poder pedir estas ayudas.
- Se puede recibir una ayuda de hasta 12.000€ dependiendo del número de empleados del que disponga la empresa.
- Esta cuarta convocatoria cuenta en total con un presupuesto inicial de 100 millones de euros ampliables.
- Las entidades a las que se dirige tendrán que cumplimentar un formulario único independientemente del segmento al que pertenezcan.
- Si una comunidad de bienes, una explotación agraria con titularidad compartida o una sociedad civil con propósito comercial no cuentan con un representante legal debidamente designado ante notario, deberán presentar un documento formal de representación legal que nombre a un representante legal en nombre de todos los miembros de la entidad.
Si es tu caso y ahora puedes solicitar las ayudas, en Dayvo te ayudamos con todos los trámites para solicitar tu bono digital y en la implantación de las soluciones digitales como Agentes Digitalizadores oficiales en el programa.
Quiero mi bono
Aquí te recordamos cuáles son las soluciones digitales que tenemos disponibles para ti y en las que puedes emplear tu bono digital, dependiendo del importe máximo del que dispongas y de la convocatoria a la que pertenezcas.
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