El Boletín Oficial del Estado ha publicado el jueves 30 de diciembre la orden de las bases de las ayudas del programa Kit Digital que establecen el marco para el lanzamiento de las convocatorias.
El BOE informa, entre otras cuestiones, de las ayudas de las que dispondrán las empresas dependiendo de su número de empleados cuando salgan las convocatorias y de las condiciones que tienen que cumplir las empresas para la solicitud de estas ayudas, como cumplir con la normativa de la Ley General de las Subvenciones.
Además, se concreta que cuando se lancen las convocatorias, las empresas que quieran solicitar el bono digital tendrán un plazo de al menos tres meses desde la publicación de esta, o agotamiento del crédito presupuestario, para hacerlo. Por otro lado, el plazo máximo para la firma de los acuerdos de prestación de soluciones de digitalización con los Agentes Digitalizadores será de seis meses desde que se notifique la concesión del bono digital.